sábado, 30 de abril de 2022

¿Qué exige Cuba para obtener una licencia de servicios con criptomonedas?


El Banco Central de Cuba estableció cuáles son los documentos que deben presentar las personas naturales, o jurídicas, para obtener una licencia como proveedores de servicios de activos virtuales (exchanges o casas de cambio).  
En la Gaceta Oficial ordinaria número 43, la institución financiera nombra hasta 10 registros o validaciones para considerar las solicitudes. Como primer paso, los interesados deben emitir un escrito formalizando la petición al banco central.  
En este documento debe detallarse la propuesta de negocio con descripción del modelo de operación y “activos virtuales (como bitcoin) que propone, plataforma y estándar criptográfico que utiliza”.
La empresa o persona interesada en la licencia también debe demostrar que cumple con las regulaciones de su país, en caso de ser extranjera. Incluso el solicitante debe evidenciar cuál es la organización corporativa, su infraestructura, controles internos, oficinas y la aplicación de estándares como los de “Conoce a tu Cliente”  (KYC), anti lavado de dinero (AML) y de financiamiento al terrorismo. Para este último punto hay que presentar cuáles son los procedimientos que aplicarán en su sistema de prevención.  
Para minimizar el riesgo de que las plataformas o servicios sean usados de forma indebida, el banco también obligará a las empresas a aplicar la llamada ”regla de viaje”. De esta forma cualquier transacción que supere los $1.000, debe resguardar datos personales del “originador” de la transacción y del “beneficiario”.
De acuerdo con la Gaceta Oficial, las empresas o personas interesadas deben adelantar a las autoridades cuál es el “capital inicial para el desarrollo de las actividades u operaciones autorizadas”. Con esta medida el banco apunta a “diferenciar el monto según los tipos de actividades y riesgos”. 
Otros documentos, procesos y normas
Los candidatos a ser proveedores de servicios de activos virtuales deben legalizar los documentos ante el funcionario consular cubano en el país de origen, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y luego protocolizados ante notario público en Cuba.  
Las autoridades caribeñas resaltaron también que es requisito indispensable para obtener la licencia, tener la conformidad de la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras del banco central.  
En el apartado séptimo de la Gaceta, el banco reconoce que el proceso para la solicitud puede simplificarse. El motivo es que podrían establecerse mecanismo menos burocráticos y sencillos.  
“De acuerdo con las solicitudes de licencias y tipos de operaciones, el Banco Central de Cuba puede simplificar los procedimientos y establecer formas de cumplimiento más sencillas de los requisitos previstos en esta resolución”, indicó la institución. 
Las licencias que se emitan tendrán una validez de un año, pero serán prorrogables por otro año. El propio banco será el que autorice cuáles criptomonedas podrán canjearse en su territorio.  
La decisión de Cuba se suma a las legislaciones ya aprobadas por otros países, como Panamá y El Salvador.  
A través de su banco central, Cuba reconoció los pagos con bitcoin y otras criptomonedas en septiembre del año pasado. Ahora el país sienta las bases para que los exchanges de bitcoin tengan un marco jurídico sobre el cual trabajar. 

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